Durante buena parte del último año, toda respuesta honesta sobre el registro de pasaportes digitales de producto de la UE terminaba igual: los detalles están pendientes. El registro está establecido por el artículo 13 del ESPR (Regulation (EU) 2024/1781), los pasaportes de batería deben inscribirse en él y, más allá de eso, se pedía a los operadores que se prepararan para un sistema que nadie había visto.
Eso cambió a finales de mayo. La Comisión Europea publicó un proyecto de reglamento de ejecución que especifica el registro: el documento que convierte «habrá un registro» en una descripción real de cómo funciona la presentación. Es un proyecto: la consulta pública se cerró el 27 de mayo de 2026 y el texto no ha sido adoptado ni publicado en el Diario Oficial. Pero es el primer relato oficial de la mecánica y, para cualquiera que sea responsable de pasaportes de batería antes del 18 de febrero de 2027, merece entenderse en términos sencillos.
Qué especifica el proyecto
Tres puntos destacan para los operadores.
La presentación es de máquina a máquina. El proyecto describe una RESTful API como vía para depositar los identificadores de pasaportes en el registro. Nada indica que un portal manual vaya a ser la vía principal con volúmenes significativos. En la práctica, los pasaportes llegan al registro mediante software —sus propios sistemas o los de un proveedor— que habla la interfaz del registro.
La identidad del operador se verifica mediante sello electrónico cualificado eIDAS. La parte que presenta se autentica con un sello cualificado conforme al marco eIDAS, el mecanismo europeo consolidado de autenticación de personas jurídicas. La señal es relevante: el registro sabrá, criptográficamente, qué operador económico está detrás de cada presentación.
Una presentación correcta devuelve un justificante de registro, válido para su presentación durante 90 días. Este es el detalle que más conviene conocer, porque es el objeto que usted manejará realmente. Cuando un pasaporte queda registrado, el registro emite un justificante: el documento que un operador presenta a las aduanas y a las autoridades de vigilancia del mercado para acreditar que la obligación de pasaporte de la batería está cumplida. Es una prueba renovable, no un simple recibo puntual, y así será «registrado» en sus manos.
Junto al proyecto de reglamento, las normas CEN sobre las que se apoya el marco DPP —EN 18222:2026 para las API de ciclo de vida y EN 18216:2026 para el intercambio de datos— se publicaron la misma semana. Entre el proyecto y las normas, la integración con el registro resulta especificable por primera vez.
Qué sigue siendo un proyecto
La honestidad sobre el estatus importa aquí más que en ningún otro sitio. El reglamento de ejecución no es derecho vigente. La consulta se cerró en mayo; la adopción y la publicación en el Diario Oficial están aún por llegar, y los detalles pueden cambiar entre el proyecto y el texto final. El objetivo declarado de la Comisión para la apertura del registro es julio de 2026: un objetivo, no un compromiso, y el calendario de adopción lo decidirá.
Nada en el estatus del proyecto cambia la fecha que le vincula: a partir del 18 de febrero de 2027, cada batería incluida en el ámbito que se introduzca en el EU market debe contar con su pasaporte, y ese pasaporte debe estar registrado. La mecánica del registro va tomando forma; la obligación nunca estuvo en duda.
Qué significa esto si usted es el operador
Si usted es importador, representante autorizado o un fabricante que emite sus propios pasaportes, el mensaje práctico del proyecto es tranquilizador: no se espera que usted construya nada de esto. La API, la integración del sello, la gestión del justificante — esa es la fontanería que soporta su proveedor de pasaportes. Lo que conviene extraer del proyecto es un criterio más exigente para la pregunta que debe hacer a cualquier proveedor, nosotros incluidos: ¿su formato de presentación está alineado con lo que la UE ha publicado realmente, y qué ocurrirá cuando llegue el texto definitivo?
Dónde estamos nosotros
Nuestra respuesta, dicha con claridad. El formato de presentación de la plataforma está ya alineado con el proyecto de reglamento de ejecución y con las normas publicadas EN 18222 y EN 18216, incluido el modelo de justificante de registro y su validez de 90 días. Cada campo del formato lleva una fuente documentada: el proyecto de reglamento, una norma con nombre propio o nuestra estructura preliminar anterior. Y la versión que llamaremos definitiva no existe todavía, deliberadamente: está condicionada a la publicación del reglamento de ejecución en el Diario Oficial. La procedencia campo a campo convertirá entonces el cotejo con el texto adoptado en un ejercicio de comprobación, no en una reconstrucción.
Eso es lo que significa seguir de verdad una regulación: construir sobre lo publicado, etiquetar como provisional lo provisional, y quedar a una verificación de la versión final en lugar de a una reescritura. El pipeline de registro —presentación, gestión del justificante y las comprobaciones de preparación previas— forma parte de la plataforma: vea cómo funciona la plataforma.
Qué ha cambiado en la regulación de baterías y pasaportes de producto de la UE, qué significa para los operadores y las fechas por venir.
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